Derechos Humanos en la estrategia empresarial — Juliana Carolina Rodríguez Patarroyo

Por Juliana Carolina Rodríguez Patarroyo. IELAT (UAH)

Desde hace tres décadas, la comunidad internacional ha puesto su atención en las empresas, las cuales han dejado de ser simples ficciones jurídicas que fomentan el desarrollo económico de una sociedad a convertirse en agentes de impactos positivo o negativo en el campo de los derechos humanos.

Si bien, a la luz del derecho internacional público, son los Estados los sujetos garantes del respeto y la protección a los derechos humanos, las empresas se han convertido en un elemento crucial en el ejercicio material de dichos derechos. Por ello, la Asamblea General de Naciones Unidas reconoció que las empresas pueden ser sujetos clave para garantizar y respetar los derechos fundamentales[1].

Por tanto, las dinámicas comerciales han ido cambiando según las exigencias de las sociedades actuales. Poco a poco las empresas han incorporado los derechos humanos dentro de su estrategia corporativa. Para ello, invierten en el análisis de los riesgos e impactos que su actividad empresarial puede ocasionar en el cumplimiento efectivo de los DD.HH. de trabajadores, clientes, proveedores o comunidad donde desarrolla su operación.

Ahora bien, resulta oportuno invertir en buenas prácticas empresariales, pues gracias a ello una empresa puede: evitar pleitos jurídicos, renovar o adquirir licencias o permisos y mejorar significativamente su imagen reputacional[2]. Ventajas competitivas que, sin duda, proyectan a las empresas a ser más sustentables y sostenibles en el tiempo.

Para ello, instrumentos como: los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas; el Pacto Mundial de Naciones Unidas; las Directrices de la OCDE; Norma ISO 26000; la Declaración tripartita de principios entre otros son parámetros viables que toda empresa -con independencia de su objeto social o tamaño- debería incorporar dentro de su estrategia corporativa.

Además, hoy en día contamos con informes temáticos pertinentes que permiten a las empresas identificar las actuales problemáticas que se presentan entorno a su actividad. Por ejemplo, en el 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) a través del informe temático “Empresas y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos” identificó derechos que deben ser una prioridad para toda empresa. La dignidad humana, la igualdad y no discriminación, el desarrollo, el medio ambiente, el acceso a la información y la protección de datos son sin duda derechos prioritarios cuya transversalidad es incuestionable[3].

De esta manera, la debida diligencia como figura jurídica juega un papel crucial en toda la cadena de valor de una empresa. El empleo de esta figura permite a la empresa detectar, prevenir, evaluar y monitorear los derechos humanos relacionados con su actividad y rubro específico. En base a lo antes dicho, no es aventurado afirmar que una empresa que no se preocupe de los DD.HH., no solo está descuidando el cumplimiento a los principios rectores de las Naciones Unidas en perjuicio de las personas con las que interactúa dentro de su actividad económica, sino que también está desatendiendo los efectos negativos que esto tendrá en su productividad y crecimiento empresarial.

[1] Asamblea General de Naciones Unidas. Resolución No. 70/1. Transformar nuestro mundo: la agenda 2030 para el desarrollo sostenible. 25 de septiembre de 2015.

[2] Foretica, Guía para CEOs Humanos. Ver https://foretica.org/wpcontent/uploads/WBCSD_CEO_Guide_to_Human_Rights_SPA.pdf

[3] CIDH, Empresas y derechos humanos: estándares interamericanos. 2019 http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/EmpresasDDHH.pdf

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